Tribunal De Apelaciones De Puerto Rico/Court of Appeals of Puerto Rico, 2024

Universal Steel Trading, LLC v. Herpla Engineering Corporation

Universal Steel Trading, LLC v. Herpla Engineering Corporation
Tribunal De Apelaciones De Puerto Rico/Court of Appeals of Puerto Rico · Decided January 18, 2024

Universal Steel Trading, LLC v. Herpla Engineering Corporation

Opinion

Estado Libre Asociado de Puerto Rico TRIBUNAL DE APELACIONES PANEL II UNIVERSAL STEEL CERTIORARI TRADING, LLC D/B/A procedente del UNIVERSAL PIPE, VALVES Tribunal de Primera & FITTINGS Instancia, Sala Superior de San KLCE202301475 Recurrido Juan v. Caso número: SJ2022CV04111 HERPLA ENGINEERING CORPORATION Sobre: Daños y Perjuicios; Peticionario Interferencia Torticera

Panel integrado por su presidente, el juez Bermúdez Torres, el juez Adames Soto y la juez Aldebol Mora.

Aldebol Mora, Juez Ponente

RESOLUCIÓN En San Juan, Puerto Rico, a 18 de enero de 2024.

Examinado el Certiorari1 instado el 29 de diciembre de 2023, por Herpla Engineering Corporation, así como la Oposición a la Expedición del Auto de Certiorari presentada el 16 de enero de 2024, por Universal Steel Trading, LLC d/b/a Universal Pipe, Valves & Fittings, resolvemos que procede abstenernos de ejercer nuestra función revisora, por lo que denegamos la expedición del auto de certiorari. Véase, Regla 52.1 de Procedimiento Civil, 32 LPRA Ap. V, R. 52.1, y Regla 40 del Reglamento del Tribunal de Apelaciones, LPRA Ap. XXII-B, R. 40. Ello, sin perjuicio de que, en su momento, cualquier planteamiento de derecho sea presentado nuevamente en la apelación, si alguna, que pueda instar la parte peticionaria.

1 La parte peticionaria acudió ante nos y solicitó que revisáramos la Resolución emitida por el Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de San Juan, el 10 de octubre de 2023, notificada al día siguiente, mediante la cual, en lo pertinente, denegó una solicitud de desestimación promovida por la parte peticionaria.

Número Identificador RES2024 _______________ KLCE202301475 2 Lo acordó y manda el Tribunal, y lo certifica la Secretaria del Tribunal de Apelaciones.

Notifíquese inmediatamente.

Lcda. Lilia M. Oquendo Solís Secretaria del Tribunal de Apelaciones

Case-law data current through December 31, 2025. Source: CourtListener bulk data.