Colon Lopez, Abraham v. Ortiz Ortiz, Odemaris
Colon Lopez, Abraham v. Ortiz Ortiz, Odemaris
Opinion
Estado Libre Asociado de Puerto Rico TRIBUNAL DE APELACIONES PANEL VI ABRAHAM COLÓN LÓPEZ CERTIORARI procedente del Recurrido Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de v. KLCE202500030 Bayamón, Sala de Relaciones de Familia y Asuntos ODEMARIS ORTIZ ORTIZ de Menores Peticionaria Caso número: D CU2012-0254 Sobre: Custodia
Panel integrado por su presidenta, la jueza Ortiz Flores, la juez Aldebol Mora y la jueza Boria Vizcarrondo.
Aldebol Mora, Juez Ponente RESOLUCIÓN En San Juan, Puerto Rico, a 4 de febrero de 2025.
Examinado el Certiorari instado por la parte peticionaria, Odemaris Ortiz Ortiz, el 10 de enero de 2025, y transcurrido mayor término a lo concedido sin que el recurrido haya acreditado escrito alguno ante esta Curia, procedemos a resolver sin el beneficio de su comparecencia: Luego de un estudio sosegado del expediente ante nos, procede abstenernos de ejercer nuestra función revisora, por lo que denegamos la expedición del auto de certiorari. Véase, Regla 52.1 de Procedimiento Civil, 32 LPRA Ap. V, R. 52.1, y Regla 40 del Reglamento del Tribunal de Apelaciones, 4 LPRA Ap. XXII-B, R. 40.
Lo acordó y manda el Tribunal, y lo certifica la Secretaria del Tribunal de Apelaciones.
Lcda. Lilia M. Oquendo Solís Secretaria del Tribunal de Apelaciones
Número Identificador RES2025 _______________
Case-law data current through December 31, 2025. Source: CourtListener bulk data.