Edwin R. Viñas Cardona, Mared Viñas López v. Jesús Rafael Santana Jiménez
Opinion
ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO TRIBUNAL DE APELACIONES PANEL IX
EDWIN R. VIÑAS CERTIORARI CARDONA, MARED VIÑAS procedente del LÓPEZ Tribunal de Primera Parte Recurrida TA2026CE00083 Instancia, Sala Superior de Manatí V. _____________ Caso Núm.: JESÚS RAFAEL SANTANA MT2025CV00440 JIMÉNEZ ______________ Parte Peticionaria SOBRE: DESAHUCIO POR FALTA DE PAGO Panel integrado por su presidenta la Juez Brignoni Mártir, el Juez Salgado Schwarz y la Juez Aldebol Mora.
Salgado Schwarz, Carlos G., Juez Ponente RESOLUCIÓN En San Juan, Puerto Rico, a 21 de enero de 2026.
Examinado el Certiorari1 instada el 21 de enero de 2026 por Jesús Rafael Santana Jiménez disponemos lo siguiente: Luego de un estudio minucioso y sosegado del expediente ante nos, entendemos que no procede intervenir en la determinación del TPI y por ende nos abstenemos de ejercer nuestra función revisora y denegamos la expedición del auto de certiorari. Véase, Regla 40 del Reglamento del Tribunal de Apelaciones, según enmendada, In Re Aprob. Enmdas. Reglamento TA, 2025 TSPR 42, págs. 62-63, 215 DPR ___ (2025).
Examinada la Solicitud de Auxilio de Jurisdicción, No Ha Lugar.
1 Prescindimos de requerir la comparecencia de la parte recurrida a tenor con la autoridad que nos confiere la Regla 7(B)(5) del Reglamento del Tribunal de Apelaciones, según enmendada, In Re Aprob. Enmdas. Reglamento TA, 2025 TSPR 42, pág. 15, 215 DPR____ (2025).
TA2026CE00083 2 Notifíquese inmediatamente.
Lo acordó y manda el Tribunal, y lo certifica la Secretaria del Tribunal de Apelaciones.
Lcda. Lilia M. Oquendo Solís Secretaria del Tribunal de Apelaciones
Case-law data current through December 31, 2025. Source: CourtListener bulk data.