Tribunal De Apelaciones De Puerto Rico/Court of Appeals of Puerto Rico, 2026

Junta De Planificación De Puerto Rico v. Edison Lluch García; Altos De La Parguera, Inc.; Elynette Pérez Laracuente

Junta De Planificación De Puerto Rico v. Edison Lluch García; Altos De La Parguera, Inc.; Elynette Pérez Laracuente
Tribunal De Apelaciones De Puerto Rico/Court of Appeals of Puerto Rico · Decided February 23, 2026
Junta De Planificación De Puerto Rico v. Edison Lluch García; Altos De La Parguera, Inc.; Elynette Pérez Laracuente

Opinion

Estado Libre Asociado de Puerto Rico TRIBUNAL DE APELACIONES PANEL XII Revisión Judicial de JUNTA DE Decisión PLANIFICACIÓN DE Administrativa PUERTO RICO procedente de la TA2025RA00030 Junta de Parte Recurrida Planificación de Puerto Rico v. Querella núm.: 2023-SRQ-013008 EDISON LLUCH GARCÍA; ALTOS DE LA PARGUERA, INC.; ELYNETTE PÉREZ LARACUENTE Parte Recurrente Panel integrado por su presidente, el Juez Candelaria Rosa, el Juez Adames Soto, el Juez Campos Pérez y la Jueza Trigo Ferraiuoli.

Trigo Ferraiuoli, jueza ponente.

SENTENCIA En San Juan, Puerto Rico, a 23 de febrero de 2026.

El 20 de enero de 2026, la parte recurrente, Altos de la Parguera, Inc., el Ingeniero Edison Lluch García y la Sra. Elynette Pérez Laracuente, instaron el recurso de revisión judicial de epígrafe en solicitud de revisión de la Resolución Final emitida el 24 de noviembre de 2025 por la parte recurrida, la Junta de Planificación de Puerto Rico.

Así las cosas, el 18 de febrero de 2026, las partes presentaron conjuntamente Moción de Estipulación entre Partes, en la que informaron haber alcanzado unos acuerdos que ponen fin a la controversia objeto del recurso de título. Ante ello, solicitaron el desistimiento con perjuicio.

La Regla 83 del Reglamento del Tribunal de Apelaciones, sobre desistimiento y desestimación, en su inciso (A) faculta a la parte promovente de un recurso presentar en cualquier momento un aviso TA2026RA00030 2 de desistimiento.1 En conformidad con la Regla 83 (A) del Reglamento del Tribunal de Apelaciones, y en consideración a la Moción de Estipulación entre Partes, presentada el 17 de febrero de 2026 por las partes, damos por desistido, con perjuicio la Revisión de Decisión Administrativa presentada el 20 de enero de 2026; y ordenamos el cierre y archivo del presente caso.

Notifíquese.

Lo acuerda el Tribunal y lo certifica la Secretaria del Tribunal de Apelaciones.

Lcda. Lilia M. Oquendo Solís Secretaria del Tribunal de Apelaciones

Dicho inciso lee: “Regla 83 — Desistimiento y desestimación (A) La parte promovente de un recurso podrá presentar en cualquier momento un aviso de desistimiento”. Véase la Regla 83 del Reglamento del Tribunal de Apelaciones, según enmendada, In Re Aprob. Enmdas. Reglamento TA, 2025 TSPR 42, págs.

116, 215 DPR ____ (2025).

Case-law data current through December 31, 2025. Source: CourtListener bulk data.