Verges v. Sucesión Pietri
Verges v. Sucesión Pietri
Opinion of the Court
después de exponer los hechos anteriores, emitió la opinión del Tribunal.
Considerando: que el número 3 del artículo 1691 de la Ley de Enjuiciamiento Civil dispone que por la falta de recibimiento á prueba en alguna de las instancias, cuando procediere' con arreglo á derecho, habrá lugar al recurso de casación por quebrantamiento de forma.
Considerando: que, según lo ordenado en el número 2 del artículo 861 era improcedente la práctica de la prueba peri-cial, solicitada en segunda instancia, toda vez que propuesta y admitida en la primera, dicha prueba, se perdió por la
Fallamos: que debemos declarar y declaramos no haber lugar al recurso de casación por quebrantamiento de forma, interpuesto por la Sucesión Verges, á quien condenamos al pago de las costas; comuniqúese á su tiempo; y procédase á la sustanciación del recurso por infracción de ley iniciado.
Case-law data current through December 31, 2025. Source: CourtListener bulk data.