Serrano v. Olivero
Serrano v. Olivero
Opinion of the Court
emitió la opinión del tribunal.
Se trata de una acción de filiación que la corte inferior declaró sin lugar.
En la demanda alegó Enrique Serrano, conocido por Oli-vero, que allá por los años 1890 el demandado, Ignacio Oli-vero, entabló relaciones amorosas con Lorenza Serrano, que luego resultó llamarse también Dolores, siendo ambos solte-ros y sin impedimento para contraer matrimonio, de las cua-les nació el demandante el cuatro de mayo de 1897 y que a pesar de haber realizado el demandado actos que demues-tran su paternidad se niega a reconocerlo.
El demandado contrajo matrimonio con otra mujer el 30 de diciembre de 1897 y la prueba respecto a la fecha del naci-miento del demandante ha sido muy variada y contradictoria pues mientras según la certificación de la parroquia fué bau-tizado el 3 de abril de 1898 habiendo nacido el 4 de mayo del mismo año, o sea, después de bautizado, de la inscripción de nacimiento hecha en el registro civil por declaración de la madre resulta que nació el 15 de diciembre de 1898; y de-
En vista de esa prueba la corte inferior llegó a la con-clusión de que el demandante nació como dice la inscripción del registro civil el 15 de diciembre de 1898 y que por tanto fué concebido cuando el demandado había casado un año antes. Pero sostiene el apelante que la fecha que debió to-marse es la del bautizo, el 3 de abril de 1898, y que de acuerdo con ella el demandante fué concebido antes de contraer ma-trimonio el demandado. •
Quizá podamos-aceptar esa fecha como la del nacimiento del demandante pero aún así siempre- resulta que hay ca-rencia de prueba de actos de reconocimiento del demandado como padre del demandante.
Hemos dicho en varias ocasiones que la prueba de filia-ción debe ser robusta y convincente y en este caso no reúne estas condiciones la que se presentó en el juicio pues la comadrona que asistió al parto no fué buscada y pagada por el demandado sino por un hermano de la madre del deman-danté si bien éste dice que fué por orden y cuenta del deman-dado. La madre declaró que el demandado le daba dos o tres pesos mensuales para atender al demandante pero fuera de estas manifestaciones de la madre y tío del demandante nada encontramos en los autos que demuestre que el deman-dado ha tenido públicamente por su hijo al demandante. El admite que hace poco tiempo pagó un pasaje del demandante a los Estados Unidos pero manifestó que no fué porque lo
La sentencia apelada debe ser confirmada.
G on firmada la sentencia apelada.
Reference
- Full Case Name
- Serrano, Demandante y Apelante v. Olivero, Demandado y Apelado
- Cited By
- 4 cases
- Status
- Published