Supreme Court of Puerto Rico, 1922

Ríos v. Central Pasto Viejo, Inc.

Ríos v. Central Pasto Viejo, Inc.
Supreme Court of Puerto Rico · Decided December 5, 1922 · Aldrey, Aso, Asociado, Concurrentes, Soto, Sres, Wolp
31 P.R. Dec. 252; 1922 PR Sup. LEXIS 869

Ríos v. Central Pasto Viejo, Inc.

Opinion of the Court

En Juez Asociado Se. "Wolp,

emitió la opinión del tribunal.

En nna acción sobre nugatoria de servidumbre, levanta-miento de vías férreas, injunction y daños y perjuicios, la demandante solicitó también que se decretara un injunction pendente lite.

La corte inferior se negó a expedir una orden de injunction durante la tramitación de la acción (pendente lite) por-que no aparecían daños irreparables y los daños alegados po-dían recobrarse mediante el ejercicio de una acción ordinaria.

Sin detenernos a investigar en la naturaleza exacta de las razones que tuvo la corte para negar la orden, creemos que la actuación de la corte debe ser confirmada por las siguientes razones:

1. Los autos muestran que las alegaciones fueron la única prueba ante la corte y que la contestación alegaba aparente-mente defensas suficientes o discutibles. En estas condicio-nes generalmente una corte de apelación no investigará más allá de la discreción que tuvo la corte inferior al denegar el injunction.

2. Las alegaciones tendían a mostrar convenios, o un en-tendimiento con los anteriores dueños que permitían que un ferrocarril cruzara la finca más o menos permanentemente,, y que en ella funcionaba activamente un ferrocarril en co-nexión con la central de la demandada.

3. La demandante y sus causantes toleraron que pasaran años sin tomar ninguna acción para que las vías férreas fue-ran levantadas y esta falta aparente de cuidado no podía ser *254destruida por la mera presentación de alegaciones juradas con perjuicio inmediato de la demandada y de su activo neg’ocio.

4. No hubo demostración alguna de un gran daño inme-diato para la demandante.

Debe confirmarse la resolución apelada.

Confirmada la resolución apelada.

Jueces concurrentes: Sres. Presidente del Toro y Aso--ciados Aldrey, Hutchison y Franco Soto.

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