Supreme Court of Puerto Rico, 1926

Banco Comercial de Puerto Rico v. Arguinzonis

Banco Comercial de Puerto Rico v. Arguinzonis
Supreme Court of Puerto Rico · Decided April 6, 1926 · Soto
35 P.R. Dec. 284; 1926 PR Sup. LEXIS 66

Banco Comercial de Puerto Rico v. Arguinzonis

Opinion of the Court

El Juez Asociado Señor Franco Soto,

emitió la opinión del tribunal.

Los apelantes aunque hacen un señalamiento de *285errores, éstos no se discuten separadamente, como exige la regla 43 del Reglamento de esta corte. Y la misma argu-mentación es de tal modo insuficiente que el señalamiento puede considerarse solamente como una mera referencia a los errores. Esto sería bastante para desestimar el recurso. TJn examen, sin embargo, de las cuestiones así planteadas indica además que no es un caso meritorio. ' La acción es en cobro de un pagaré del que aparece la responsabilidad solidaria de los demandados. El documento se copia en la demanda y su autenticidad no fué negada. La alegación esencial de los apelantes consiste en que ellos no fueron los beneficiarios del préstamo y sí un tercero y se ba resuelto más de una vez que ésa no es una defensa. Cintrón & Aboy v. Solá, 22 D.P.R. 262; Crédito y Ahorro Ponceño v. Beiró et al., 32 D.P.R. 817. Véase Manresa, tomo 8, páginas 677-78.

Debe confirmarse la sentencia apelada.

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