Marrero v. Plumey

Supreme Court of Puerto Rico
Marrero v. Plumey, 35 P.R. Dec. 1015 (1926)
Caso, Hutchison, Intervino, Señob, Wole

Marrero v. Plumey

Opinion of the Court

El Juez Asociado Señob "Wole,

emitió la opinión del- tribunal.

El apelante, cuya posesión de una finca se alegaba que era en precario, se defendió en un juicio de desahucio fun-dándose en que Calcerrada Bernal & Co., cedentes de la demandante, habían convenido y consentido que el apelante construyera una casa en dicha finca. La contestación tam-bién alegaba que dichos cedentes habían otorgado un docu-mento según el cual el citado demandado no tenía que pa-gar ninguna renta y que cuando se efectuó la venta a Rosa Marrero dichos cedentes notificaron expresamente a ella del permiso dádole y del convenio hecho con José Plumey, el demandado-apelante, e. impusieron la condición de que Rosa Marrero respetara la posesión de José Plumey.

La corte substancialmente llegó a los siguientes hechos y conclusiones: 1, Que Rosa Marrero era dueña de la finca que se describe en la demanda; 2, Que dicha finca la adqui-rió Rosa Marrero por compra a ciertos cedentes menciona-dos en una escritura otorgada ante un notario; 3, Que el demandado ocupa esa finca sin pagar nada por ella; 4, Que la posesión ha sido solicitada y rehusada; 5, Que no *1017existe, propiamente dicho, nn conflicto de títulos en este caso; 6, Que Eosa Marrero nunca reconoció derecho alguno al demandado respecto a toda o parte de la finca objeto de este pleito, ni mucho, menos permitió dejar a Plumey eter-namente poseyendo toda o parte de la finca que compró; 7, Que la posesión del demandado no ha sido con entera inde-pendencia de la demandante.

Nos sentimos obligados a convenir con la apelada, y por tanto con la corte, que la mera aserción de un título inde-pendiente y de alguna prueba tendente a probar tal aser-ción no echará a perder un pleito de desahucio, ni obligará al demandante a recurrir a una acción reivindicatoría. He-mos resuelto lo contrario en el caso de Lafontaine v. Lafontaine, 30 D.P.R. 194. Si la corte no cree la prueba sometí-dale. no se puede decir que el demandado ha suministrado el principio de prueba a que se refiere la jurisprudencia. Según indica la apelada, si la proposición alegada fuese cierta, en muchos casos la ley de desahucio sería entera-mente abortiva.

Según la apelada el documento privado, entre dichos ee-dentes y Plumey tenía indicios de haber sido escrito recien-temente y después de haberse entablado el pleito. La corte tenía derecho a no darle crédito. Evidentemente la corte no creyó al testigo Bernal cuando declaró que había notifi-cado al esposo de Eosa Marrero de la existencia de un con-venio privado. El esposo negó que se le hubiese hecho tal notificación a él. Era el deber de Bernal y sus socios ha-cer constar la condición en la escritura. El notario y por lo menos uno de los testigos de la escritura negaron que hubiera conversación alguna al tiempo de otorgarse la misma, tendente a demostrar un convenio por parte de la compra-dora de respetar la posesión de Plumey. La corte tenía de-recho a creer que el demandado no estaba en posesión del terreno en una forma distinta a cualquier otra persona a quien los causantes en derecho de la demandada les hubie-*1018ran permitido construir. El registro no mostraba nada y se ofreció como prueba la escritura de la demandante.

Un comprador no está obligado a respetar un contrato liecho por sus predecesores en derecho del cual no tiene co-nocimiento. Este es el resultado del sistema de registro vigente en Puerto Rico. Torres v. Lothrop, Luce & Co., 231 U. S. 171; el mismo caso en 16 D.P.R. 180, y muchos otros. Además, es la ley escrita en Puerto Rico que un comprador no está obligado a respetar la posesión de un. supuesto arrendatario. Artículo 1474 del Código Civil; Angleró v. Fernández, 31 D.P.R. 262; Cuesta v. Ortiz, 29 D.P.R. 494. Las condiciones que dieron lugar al arrenda-miento eu este último caso eran enteramente distintas.

La sentencia apelada debe ser confirmada.

■ El Juez Asociado Señor Hutchison no intervino en la resolución del caso.

Reference

Full Case Name
Rosa Marrero, demandante y apelada v. José Plumey, demandado y apelante
Cited By
4 cases
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