Pueblo v. Burgos
Pueblo v. Burgos
Opinion of the Court
C. D. San Juan.
Vista la moción del apelante y el artículo 356 del Código de Enjuiciamiento Criminal enmen-dado en 1908, requiérase al Secretario de la corte inferior para que remita a este Tribunal Supremo certificación de-las instrucciones dadas por la corte de distrito al jurado en este caso; y no alegándose que, de acuerdo con la Ley No»
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