Supreme Court of Puerto Rico, 1927

Bay City Rice Milling Co. v. La Corte de Distrito de Arecibo

Bay City Rice Milling Co. v. La Corte de Distrito de Arecibo
Supreme Court of Puerto Rico · Decided April 1, 1927
36 P.R. Dec. 970; 1927 PR Sup. LEXIS 531

Bay City Rice Milling Co. v. La Corte de Distrito de Arecibo

Opinion of the Court

—Certiorari.

En cuanto la peti-ción se refiere a la expedición de un auto de mandamus, *971apareciendo de sn faz qne el efecto del remedio solicitado sería obligar a la corte inferior a ejercer sn discreción en determinado sentido, y en cnanto hace referencia al libra-miento de nn anto de certiorari, annqne nos inclinamos a estar conformes con el peticionario dadas las circunstancias qne en sn caso concurren, no obstante reconocer qne la re-gla general es la aplicada por el juez de distrito, no te-niendo intención alguna de prejuzgar la cuestión planteada, en el ejercicio de nuestra propia discreción, no ha lugar. Denegado.

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