Pueblo v. Ríos
Pueblo v. Ríos
37 P.R. Dec. 985
Pueblo v. Ríos
Opinion of the Court
En lo pertinente, el tribunal dijo en este caso lo siguiente:
Por cuaNto examinada la prueba a la luz de la jurispru-dencia, especialmente de la establecida por la Corte de Cir-
Bou CUANTO descartada dicha prueba no hay base para una sentencia condenatoria:
Por tanto, de acuerdo con los hechos y la ley , se revoca la sentencia apelada.
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