Fuentes v. Meléndez
Fuentes v. Meléndez
Opinion of the Court
emitió la opinión del tribunal.
Ante la Corte ele Distrito de G-uayama demandó Olegario Fuentes a Rafael Meléndez, alegando haber dado en arrenda-miento, en 1911, a Angel Meléndez, por término de dos años, diez y media cuerdas de terreno, que son parte de una finca
En su contestación el demandado alegó que es cierto que el demandante era dueño de un predio de terreno en Aibonito; y que en 1912 segregó de ese predio las diez y media cuerdas que describe en la demanda, y se las vendió a Angel Meléndez, quien las poseyó como dueño hasta que enfermó y se incapa-citó entrando en el manicomio de San Juan, y el demandado, como hermano de Angel Meléndez se hizo cargo de la finca hasta que su hermano recobre la salud; negó la detentación de la finca; negó el título en el demandante; y alegó como defensa especial que éste había radicado, con anterioridad a este pleito, una demanda en la Corte Municipal de Cayey, contra Angel Meléndez, alegando haber vendido al deman-dado una finca de diez y media cuerdas en el barrio de Llorens, término de Aibonito, por contrato verbal, y por precio de $315, de los que el comprador pagó $80; y no había satisfecho el balance al vencimiento del plazo fijado, que era el de un año, ni al de la prórroga; y que el demandante se hallaba dispuesto a otorgar la escritura correspondiente, previo el pago del total del precio; y asimismo que el deman-dado se hallaba poseyendo la finca; que en la tramitación de dicho pleito, Rafael Meléndez fué nombrado defensor de su hermano Angel, y en contestación presentó la alegación de prescripción de la acción; y entonces Olegario Fuentes de-sistió de su demanda.
El caso fué a juicio; y en éste el demandante presentó como prueba el título escriturario de su finca de setenta cuerdas en el barrio del Llano, en Aibonito, inscrito en el
Las partes convinieron en la identidad ele las fincas, como aparecen de las alegaciones.
En prueba testifical, declararon, por el demandante:
Olegario Fuentes, que en esencia dijo ser suya la finca, y haberla dado en arrendamiento por dos años a Angel Melén dez, y haberse tratado de que si a los dos años estaba Fuentes dispuesto a venderle a Meléndez, éste le compraría. Dijo también que cobró ochenta dollars importe del canon de arrendamiento de los dos años por adelantado: que en oca-sión anterior había acudido a los tribunales para pedir su finca, entendiéndose en esa gestión su hijo: que Angel Me-léndez se enfermó, y que en la finca se entró el demandado, quien la está cultivando y recogiendo sus frutos; que no ha vendido la finca, ni ha tenido intención de venderla, a Angel Meléndez, ni se lo ha dicho así a nadie.
Asunción Fuentes declaró en igual sentido; esto es, sos-teniendo que su padre, Olegario Fuentes, había arrendado las diez y media cuerdas a Angel Meléndez; negando la venta; y afirmando que Rafael Meléndez se halla en la finca, y la cultiva. Dijo que él y su padre han querido tomar posesión de la finca, pero no se lo ha permitido el demandado; que se han puesto demandas con ese fin, que el declarante no las leyó, dejando la forma a elección del abogado; que su padre nunca ha recibido otra cantidad que los ochenta pesos del arrendamiento; que a entenderse con los abogados para aquellas demandas fué sólo el testigo.
Afirmó también el arrendamiento y negó la venta el testigo Francisco Marrero; y lo mismo José Ferrán.
El demandado presentó como testigo a Nicolás Santini y
Se trajo como prueba por el demandado una copia certi-ficada de una demanda a nombre de Olegario Fuentes contra Angel Meléndez, ante la Corte Municipal de Cayey, y en la que se alegó que Olegario Fuentes había vendido a Angel Meléndez una finca de diez y media cuerdas, en el barrio del Llano, término de Aibonito, en precio' de $315, del que había recibido a cuenta $80, y debía el resto, y que el demandante estaba dispuesto a otorgar la escritura. La demanda no está jurada, y es de fecha 22 de septiembre de 1925. En la certi-ficación se incluyen las copias de emplazamiento, diligencias de embargo, y una contestación, a nombre del demandado, alegando la prescripción; y de una moción de desistimiento del demandante, y la resolución de conformidad.
La corte de distrito dictó sentencia declarando con lugar la demanda, sin especial condena de costas. A esta sentencia se refiere la apelación ante, nosotros.
A nuestro juicio lo que la evidencia demuestra es que Rafael Meléndez carece en absoluto de título alguno a 3a propiedad, y quizá hasta a la posesión, de la finca reclamada. El no lo ha presentado; y es más, ni siquiera lo ha alegado.
La circunstancias de que se haya intentado y seguido hasta un cierto punto, un pleito por Olegario Fuentes contra Angel Meléndez, para que éste pagara al primero el precio de la finca que alegaba haberle vendido y de la cual deseaba otorgarle el título por escritura, no puede ser decisiva en este caso; esto, aparte de que nada se resolvió en aquel pleito,
Debe confirmarse la sentencia apelada.
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