Supreme Court of Puerto Rico, 1931

Belaval v. Agostini

Belaval v. Agostini
Supreme Court of Puerto Rico · Decided January 20, 1931 · Aldrey
41 P.R. Dec. 1013; 1931 PR Sup. LEXIS 382

Belaval v. Agostini

Opinion of the Court

(Por la corte, a propuesta del

Juez Asociado Señor Aldrey.)

Por cuanto, la parte apelada nos pide que desestimemos esta .apelación, siendo uno de los motivos que alega que la apelación es frívola;

Por cuanto, en este pleito se cobra el capital y los inte-reses de una deuda reconocida por la demandada en docu-mento público, según el cual está vencida;

Por cuanto, la demandada aceptó en su contestación algunos hechos de la demanda, negó otros y alegó que el vencimiento de la obligación ha sido prorrogado hasta una fecha posterior a la demanda;

Por cuanto, la demandada no asistió al juicio de este pleito y la corte sentenciadora declaró probados los hechos de la demanda y dictó la sentencia condenatoria apelada;

Por cuanto, los hechos expuestos demuestran que esta *1014apelación es frívola ya que la apelante nada probó contrario a la demanda;

Por ouANno, la apelante nada lia alegado respecto al expresado motivo de desestimación,

Por tanto, desestimamos la presente apelación.

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