Rovira Campillo v. Cruz
Rovira Campillo v. Cruz
Opinion of the Court
emitió la opinión del tribunal.
En una acción instituida por el Banco Masónico de Puerto Rico, los demandados obtuvieron el levantamiento de un embargo mediante la prestación de una fianza con fiadores. Después de obtener sentencia, el banco cedió todos sus de-
La fianza fué prestada a favor del “aquí demandante, Banco Masónico de Puerto Rico.” Se sujetó a la condición de que el demandante obtuviera sentencia a su favor. Al dictarse tal sentencia la responsabilidad de los aseguradores quedó fijada. Ellos sabían que la sentencia, al obtenerse, podía ser cedida. Sabían que al transferirse la misma el cesionario se subrogaría en “todos los derechos, interés y autoridad del cedente.” 34 C. J. 650, sec. 999; Código Civil sec. 1431.
.A falta de estipulación en sentido contrario no hay motivo por el cual una fianza prestada a favor del demandante, no deba considerarse como que puede cederse. La cesión por el demandante de todos sus derechos en la acción incluyó el derecho de confiscar la fianza prestada para levantar el embargo. La subrogación del cesionario en el derecho de con-fiscación del demandante, no efectuó ningún cambio material en el contrato celebrado por los aseguradores.
Debe confirmarse la sentencia a/pelada.
Case-law data current through December 31, 2025. Source: CourtListener bulk data.