Macías v. Banco Territorial
Macías v. Banco Territorial
Opinion of the Court
(Por la corte, a propuesta del
La corte de distrito dictó en este caso la siguiente reso-, lución, que fué apelada por- la parte demandante, a saber: . .
“Con fecha 30 de junio último se vieron ante esta.corte conjuntamente las mociones radicadas por los demandados, Josefina Fabián de Lozana y Manuel González, sobre au-mento de fianza en relación con el embargo ordenado en el caso arriba expresado sobre bienes de dichos demandados. Fueron oídas ambas partes, los demandantes y los deman-dados, y la corte, después de considerar los argumentos de. una y otra parte, entiende que con motivo de dicho embargo' pueden ocasionarse daños y perjuicios a los. demandados en cantidad mayor de $25,000 que es el importe señalado para la fianza que habían de prestar los demandantes en este caso.
“La suma a embargar asciende a $300,000 y opina la-corte que embargándose como se han tratado de embargar valores consistentes en acciones de corporaciones, pagarés, etc., los daños y perjuicios que puedan ocasionarse a los demandados podrán no ser compensados con el importe dé-la fianza prestada y por lo tanto, la corte aumenta el im-porte de la- fianza que deberán prestar los demandantes a-, la cantidad total de $75,000.
“Mientras se presta la nueva fianza para lo cual se concede a los demandantes un término de cinco días a partir de esta fecha, se suspenden los procedimientos en relación con el embargo solicitado, de modo que el márshal se abs-tendrá de embargar más bienes de los demandados mien-tras se preste la fianza de $75,000 antes relacionada.”
A petición de la parte apelada se desestimó el recurso porque.conforme a lo-determinado en la sección 14 de la Ley
Case-law data current through December 31, 2025. Source: CourtListener bulk data.