V. Braegger, S. en C. v. Amill
V. Braegger, S. en C. v. Amill
43 P.R. Dec. 1043; 1932 PR Sup. LEXIS 636
V. Braegger, S. en C. v. Amill
Opinion of the Court
(Por la corte, a propuesta del Juez Asociado Sr, Hutchison.)
Vista la moción que antecede con la sola asistencia del promovente, se desestima, por ser frívola, de acuerdo con la constante jurispru-dencia de este tribunal establecida entro otros casos en los de Manrique v. Buxó, 40 D.P.R. 770, y Banco de Yabucoa v. Benítez et al., 40 D.P.R. 487, la apelación interpuesta contra la. sentencia dictada por la Corte de Distrito de San Juan, con fecha 19 de enero de 1932.
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