Supreme Court of Puerto Rico, 1935

Pérez Sales v. Registrador de la Propiedad de Mayagüez

Pérez Sales v. Registrador de la Propiedad de Mayagüez
Supreme Court of Puerto Rico · Decided April 10, 1935 · Hutchisoh
48 P.R. Dec. 368

Pérez Sales v. Registrador de la Propiedad de Mayagüez

Opinion of the Court

El Juez Asociado Señor Hutchisoh,

emitió la opinión del tribunal.

El registrador de la propiedad se negó a inscribir un documento notarial que envolvía la distribución y adjudica-ción de ciertas parcelas de terreno, fundado entre otras-razones en que no se babía presentado el recibo de la con-tribución sobre herencia. El recurrente no trata de obtener que se revise este aspecto de la nota, pero insiste en que otros fundamentos especificados por el registrador eran de-fectos subsanables y que la escritura debió haberse inscrito' sujeta a tales defectos.

El artículo 379 del Código Político (Estatutos Bevisados de 1911, sección 3086) expresamente dispone que ningún-registrador inscribirá instrumento alguno, en relación con la división, distribución o entrega de los bienes de ningún *369fallecido, a menos que, se haya presentado y exhibido él recibo o los recibos especiales provistos en el artículo anterior. Ante tal disposición estatutaria, la negativa del registrador a inscribir el documento en cuestión difícilmente podría ser revocada aún si se admitiera que la contención del recurrente es correcta respecto a la naturaleza subsanable de los de-fectos que discute en su alegato. Por tanto, no es necesario que resolvamos las cuestiones así suscitadas.

Debe confirmarse la nota recurrida.

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