Pueblo v. Navarro
Opinion of the Court
Por cuanto, el apelante Patricio Navarro fué convicto por la Corte de Distrito de Humacao del delito de abandono de menores y condenado a pagar una multa de $20 o en su defecto a prisión subsidiaria;
Por cuanto, por el examen de la evidencia que hemos practi-cado opinamos que ésta es ampliamente suficiente para justificar la convicción y sentencia del acusado;
Por do tanto, debe confirmarse y por la presente se confirma la sentencia que dictó la Corte de Distrito de Humacao el día 11 de agosto de 1939.
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