Cupeles Cintrón v. Registrador de la Propiedad de San Germán
Cupeles Cintrón v. Registrador de la Propiedad de San Germán
Opinion of the Court
Rafael Lugo Torres compró una finca,en el año 1955 por el precio de $8,500. En el Registro aparece que la venta se hacía “con todos sus usos, servidumbres, y pertenencias y cuanto le es inherente, sin limitación alguna, incluyendo las plantaciones existentes”. Siete años más tarde Lugo vende la finca al recurrente por $6,000 “con todos sus usos, derechos y acciones sin reserva ni limitación de clase alguna”, pero no se hace mención a las plantaciones.
Presentada para inscripción la escritura que formalizó el contrato, el Registrador denegó su inscripción “por obser-varse que la misma fue adquirida por el vendedor por el precio de $8,500 y se trasmite solo por $6,000 o sea una diferencia de $2,500 entre el precio de adquisición y el' de traspaso, cuya diferencia puede constituir una donación de conformidad con la Ley Núm. 308 de 1946, no habiéndose acreditado el pago o exención de la correspondiente contri-bución sobre donación”.
Se revocará la nota recurrida y se procederá a la ins-cripción del contrato - según se solicita.
Reference
- Full Case Name
- Juan Cupeles Cintrón, recurrente v. El Registrador de la Propiedad de San Germán, recurrido
- Cited By
- 2 cases
- Status
- Published