Prado v. Tribunal Superior
Prado v. Tribunal Superior
Opinion of the Court
Dentro de una acción de divorcio el Tribunal Superior, Sala de San Juan, fijó en $2,500 mensuales la pen-sión alimenticia provisional de la esposa y dos hijos de 17 y 11 años de edad. En reconsideración pedida por el marido y ha-biéndose emancipado la hija por matrimonio, el tribunal la redujo a $1,075.80 más “pago del carro”. Desde la primera Resolución (29 de enero de 1973) asignando alimentos a la esposa, el obligado descuidó y desatendió la orden del tribunal
El derecho a alimentos cuya exigibilidad ya ha sido esta-blecida por resolución del tribunal, toma precedencia
Habiendo provisto nuestra orden en auxilio de jurisdic-ción la suspensión del juicio que estuvo señalado para el 20 de noviembre de 1973, y examinados los autos, se devolverá el caso para continuación de procedimientos consistentes con esta opinión.
Dramatiza esta necesidad la alegación de la peticionaria de que el hijo menor fue suspendido de clases por no pagar la mensualidad escolar.
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