In re Reinaldo Arroyo Rivera
Opinion
EN EL TRIBUNAL SUPREMO DE PUERTO RICO
Solicitud de In re: Reinstalación Reinaldo Arroyo Rivera 99 TSPR 179
Número del Caso: TS-5225 Fecha: 03/12/1999 Abogados de la Parte Peticionaria: Lcdo. Carlos Noriega Lcdo. Heriberto Alonso Rivera
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EN EL TRIBUNAL SUPREMO DE PUERTO RICO
In re Reinaldo Arroyo Rivera TS-5225
RESOLUCION
San Juan, Puerto Rico, a 3 de diciembre de 1999.
Vista la moción del querellado solicitando reinstalación al ejercicio de la abogacía y notaría y habiéndose cumplido el término de tres (3) meses de suspensión, se ordena la reinstalación de Reinaldo Arroyo Rivera al ejercicio de la abogacía.
Se le concede a la Directora de la Oficina de Inspección de Notarías un término de treinta (30) días para que rinda un informe sobre su obra notarial.
Publíquese.
Lo acordó el Tribunal y certifica la Secretaria del Tribunal Supremo. El Juez Asociado señor Negrón García, el Juez Asociado señor Rebollo López y la Juez Asociada señora Naveira de Rodón no intervinieron.
Isabel Llompart Zeno Secretaria del Tribunal Supremo
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