In re: Luis F. Maldonado Rivera
Opinion
En el Tribunal Supremo de Puerto Rico
IN RE: LUIS F. MALDONADO RIVERA Conducta QUERELLADO Profesional 99TSPR50
Número del Caso: AB-98-91, AB-98-130, RT-98-3549 Abogados de la Parte Querellante: AB-98-91 HON. CARLOS LUGO FIOL PROCURADOR GENERAL LCDA. IRIS M. BARRETO SAAVEDRA PROCURADORA GENERAL AUXILIAR AB-98-0130 LCDA. MARIA DE LOURDES RODRIGEZ OFICIAL INVESTIGADORA, COMISION DE ETICA COLEGIO DE ABOGADOS RT-98-3549 LCDA. CARMEN H. CARLOS CABRERA DIRECTORA OFICINA INSPECCION DE NOTARIAS Abogados de la Parte Querellada: POR DERECHO PROPIO Abogados de la Parte Interventora: Tribunal de Instancia: Superior Juez del Tribunal de Primera Instancia: Tribunal de circuito de Apelaciones: Juez Ponente: Fecha: 4/9/1999 Materia:
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EN EL TRIBUNAL SUPREMO DE PUERTO RICO
In re: Luis F. Maldonado Rivera AB-98-91 AB-98-130 RT-98-3549
RESOLUCION
San Juan, Puerto Rico, a 9 de abril de 1999 Mediante Opinión Per Curiam, de 22 de enero de 1999 - notificada el 1ro de febrero-, suspendimos indefinidamente de la práctica de la profesión al Lcdo. Luis F. Maldonado Rivera, por su reiterada desatención a los requerimientos de la Oficina de Inspección de Notarías, e incumplimiento con la Regla 13 (c) de nuestro Reglamento sobre notificaciones tardías y órdenes.
Así las cosas, el 3 de marzo el Lcdo. Maldonado Rivera presentó “Moción de Reconsideración Urgente”, en la cual evidencia el cumplimiento de las órdenes emitidas y solicita reinstalación.
Carecemos de jurisdicción para acoger dicha reconsideración, por haberse presentado fuera del término reglamentario. Sin embargo, en vista de que el Lcdo.
Maldonado Rivera esta suspendido desde el 1ro de febrero y ha cumplido nuestras órdenes, se le reinstala de forma inmediata hoy en el ejercicio de la profesión legal.
Publíquese.
Lo acordó el Tribunal y certifica la Secretaria del Tribunal Supremo. El Juez Presidente señor Andréu García y el Juez Asociado señor Hernández Denton no intervinieron.
Isabel Llompart Zeno Secretaria del Tribunal Supremo
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