Supreme Court of Puerto Rico, 2002

Enmienda Al Articulo 19 Licencias Del Reglamento De La Administracion Del Sistema De Personal, Etc.

Enmienda Al Articulo 19 Licencias Del Reglamento De La Administracion Del Sistema De Personal, Etc.
Supreme Court of Puerto Rico · Decided March 4, 2002
2002 TSPR 27
Enmienda Al Articulo 19 Licencias Del Reglamento De La Administracion Del Sistema De Personal, Etc.

Opinion

EN EL TRIBUNAL SUPREMO DE PUERTO RICO

Enmienda al Artículo 19 Licencias del Reglamento de la 2002 TSPR 27 Administración del Sistema de Personal de la Rama Judicial 156 DPR ____

Número del Caso: EP-2002-01

Fecha: 4/marzo/2002

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EN EL TRIBUNAL SUPREMO DE PUERTO RICO

Enmienda al Artículo 19 Licencias del Reglamento de la Administración del Sistema de Personal de la Rama Judicial

RESOLUCION

San Juan, Puerto Rico, a 4 de marzo de 2002 Se enmienda el Artículo 19.1 del Reglamento de la Administración del Sistema de Personal de la Rama Judicial para incorporar los dos propósitos principales por los cuales se concede el disfrute de la licencia de vacaciones, tal como se indica a continuación: Artículo 19.1 Licencia de Vacaciones Es el período de tiempo que se autoriza al empleado con el propósito de ofrecerle la oportunidad de reponer las fuerzas físicas y mentales agotadas en el desempeño de sus funciones y brindarle la oportunidad de compartir ratos de tranquilidad y sosiego por un tiempo razonable.

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Esta Resolución tendrá vigencia inmediata.

Publíquese.

Lo acordó el Tribunal y certifica la Secretaria del Tribunal Supremo Interina.

Carmen E. Cruz Rivera Secretaria del Tribunal Supremo Interina

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