Supreme Court of Puerto Rico, 2003

Oficina De Etica Gubernamental v. Julio C. Roman Gonzalez

Oficina De Etica Gubernamental v. Julio C. Roman Gonzalez
Supreme Court of Puerto Rico · Decided June 12, 2003
2003 TSPR 103
Oficina De Etica Gubernamental v. Julio C. Roman Gonzalez

Opinion

EN EL TRIBUNAL SUPREMO DE PUERTO RICO

Oficina de Ética Gubernamental Certiorari Querellante-Recurrida 2003 TSPR 103 v. 159 DPR ____ Julio C. Román González Querellado-Peticionario

Número del Caso: CC-2001-51

Fecha: 12 de junio de 2003

Tribunal de Circuito de Apelaciones: Circuito Regional I

Juez Ponente: Hon. José M. Aponte Jiménez Abogados de la Parte Peticionaria: Lcdo. Israel Roldán González Lcdo. Víctor Calderón Cestero

Abogadas de la Parte Recurrida: Lcda. Gretchen Camacho Rossy Lcda. Wanda Torres Velázquez

Materia: Revisión Judicial de Resolución Administrativa

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EN EL TRIBUNAL SUPREMO DE PUERTO RICO

Oficina de Ética Gubernamental Querellante-Recurrida

vs. CC-2001-51 Certiorari

Julio C. Román González Querellado-Peticionario

RESOLUCIÓN Nunc Pro Tunc

San Juan, Puerto Rico, a 12 de junio de 2003.

Se enmienda nunc pro tunc nuestra Opinión de 1 de mayo de 2002 para que la nota al calce número 11 de la página 20 lea de la siguiente manera: Canon 18 de Ética Profesional, 4 L.P.R.A Ap. IX. Aunque al representante legal del peticionario se le impuso una sanción económica por no someter a tiempo el informe de la conferencia con antelación a la vista adjudicativa, tal conducta no es atribuible al peticionario, sino a la falta de la debida previsión y control adecuado de su calendario por parte del licenciado Roldán González.

Publíquese.

Lo acordó el Tribunal y certifica la Secretaria del Tribunal Supremo. Los Jueces Asociados señores Rebollo López y Corrada del Río no intervinieron. El Juez Asociado señor Hernández Denton está inhibido.

Patricia Otón Olivieri Secretaria del Tribunal Supremo

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