In re: June I. Ortiz Terreforte
Opinion
EN EL TRIBUNAL SUPREMO DE PUERTO RICO
2003 TSPR 99 In re: 159 DPR ____ June I. Ortiz Terreforte
Número del Caso: TS-3189
Fecha: 6/junio/2003
Colegio de Abogados de Puerto Rico: Lcdo. José M. Montalvo Trías Director Ejecutivo
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EN EL TRIBUNAL SUPREMO DE PUERTO RICO
In re June I. Ortiz Terreforte TS-3189
RESOLUCIÓN San Juan, Puerto Rico, a 6 de junio de 2003.
Examinada la “Petición” para darse de baja del ejercicio de la abogacía y de la notaría presentada por la Lcda. June Ortiz Terreforte el 8 de abril de 2003, así como la “Moción en Contestación a Resolución” presentada por el Colegio de Abogados de Puerto Rico el 12 de mayo de 2003, se accede a lo solicitado efectivo inmediatamente. La peticionaria deberá notificar a todos los clientes a quienes actualmente representa de su renuncia al ejercicio de la abogacía. Además, deberá tomar las medidas correspondientes para devolver los expedientes de los casos activos a aquella personas que así lo soliciten.
Publíquese.
Lo acordó el Tribunal y certifica la Secretaria del Tribunal Supremo. El Juez Asociado señor Rebollo López no intervino.
Patricia Otón Olivieri Secretaria del Tribunal Supremo
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