In re Álvarez de Barbosa
In re Álvarez de Barbosa
Opinion of the Court
RESOLUCIÓN
En el caso de la queja de autos, la Oficina de Inspección de Notarías determinó que la notario Elizabeth Alvarez de Barbosa había actuado “en forma descuidada” y “sin inves-tigar adecuadamente los detalles del negocio jurídico” que ella autorizó mediante una escritura. También determinó que los errores de juicio de la notario ocurrieron de buena fe y sin intención de violar la ley. Así mismo, determinó que la notario actuó diligentemente para remediar su conducta y atender cualquier daño que ésta hubiese podido ocasio-
En lo principal, la notario se ha allanado a la recomen-dación de la Oficina de Inspección de Notarías.
En vista de lo anterior, se amonesta a la notario por su incumplimiento en este caso con lo que exige la Ley Notarial en Puerto Rico. Se le apercibe que seremos más seve-ros de incidir en alguna otra violación a las normas nota-riales del país.
Deberá, así mismo, tomar las otras medidas recomenda-das por la Directora de la Oficina de Inspección de Nota-rías en su informe de 21 de mayo de 2002.
Publíquese.
Lo acordó el Tribunal y certifica la Secretaria del Tribunal Supremo. El Juez Presidente Señor Andréu García y los Jueces Asociados Señores Hernández Denton y Rivera Pérez no intervinieron.
(Fdo.) Patricia Otón Olivieri
Secretaria del Tribunal Supremo
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