In re: Rosa Vargas Hernandez
Opinion
EN EL TRIBUNAL SUPREMO DE PUERTO RICO In re: 2004 TSPR 96 Rosa Vargas Hernández 161 DPR ___
Número del Caso: TS-8437 Fecha: 18 de junio de 2004 Abogada de la Parte Querellada:
Por Derecho Propio Oficina del Procurador General:
Lcda. Yvonne Casanova Pelosi Procuradora General Auxiliar Lcda. María del Pilar Aguirre Vázquez Procuradora General Auxiliar Lcda. Rosana Márquez Valencia Procuradora General Auxiliar
Oficina de Inspección de Notarías:
Lcda. Carmen H. Carlos Directora
Colegio de Abogados de Puerto Rico:
Lcda. María de Lourdes Rodríguez
Oficial Investigadora
Lcdo. Ángel N. Candelario Cáliz
Oficial Investigador
Materia: Solicitud de Reinstalación Este documento constituye un documento oficial del Tribunal Supremo que está sujeto a los cambios y correcciones del proceso de compilación y publicación oficial de las decisiones del Tribunal. Su distribución electrónica se hace como un servicio público a la comunidad.
EN EL TRIBUNAL SUPREMO DE PUERTO RICO In re:
Rosa Vargas Hernández
TS-8437 RESOLUCION
San Juan, Puerto Rico, a 18 de junio de 2004.
Examinada la solicitud de reinstalación de Rosa Vargas Hernández, el Tribunal la amonesta por no haber cumplido cabalmente con sus responsabilidades profesionales en el caso de la querella formulada en su contra por el Procurador General con el número CP- 2000-15.
Se le apercibe que en el futuro debe cumplir con las responsabilidades éticas de la profesión y también con todos sus deberes notariales.
Con esta amonestación y apercibimiento se le reinstala al ejercicio profesional.
Se instruye al Colegio de Abogados a que reactive las quejas que tenga pendientes contra esta letrada.
Lo acordó el Tribunal y certifica la Secretaria del Tribunal Supremo. El Juez Asociado señor Rivera Pérez denegaría la reinstalación. El Juez Asociado señor Rebollo López no intervino.
Patricia Otón Olivieri Secretaria del Tribunal Supremo
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