Supreme Court of Puerto Rico, 2004

In re Gervitz Carbonell

In re Gervitz Carbonell
Supreme Court of Puerto Rico · Decided November 12, 2004 · Acordó, Certifica, Fdo, Intervinieron, Pérez, Supremo
163 P.R. Dec. 289

In re Gervitz Carbonell

Opinion of the Court

RESOLUCIÓN

Mediante opinión per curiam de 28 de julio de 2004, suspendimos al Sr. Jorge M. Izquierdo San Miguel del ejer-cicio de la abogacía por un período de treinta días. El señor Izquierdo San Miguel fue notificado personalmente de nuestra decisión el 17 de agosto de 2004. El 8 de octubre de 2004 emitimos una resolución en la que le informamos que el término de su suspensión comenzó a transcurrir el vier-*290nes 1 de octubre de 2004, por lo que éste venció el 31 de octubre de 2004.

Examinada la moción de reinstalación presentada por el señor Izquierdo San Miguel, y en vista de que éste cumplió con la sanción impuesta y de que no hay quejas pendientes en su expediente personal, se autoriza la reinstalación del licenciado Izquierdo San Miguel al ejercicio de la abogacía efectiva hoy.

Notifíquese por teléfono y por la vía ordinaria, y publíquese.

Lo acordó el Tribunal y certifica la Secretaria del Tribunal Supremo. Los Jueces Asociados Señores Rebollo López y Rivera Pérez no intervinieron. (.Fdo.) Patricia Otón Olivieri Secretaria del Tribunal Supremo

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