In re: Elías Arroyo Rivera
Opinion
EN EL TRIBUNAL SUPREMO DE PUERTO RICO
In re: 2005 TSPR 195 166 DPR ____ Elías Arroyo Rivera
Número del Caso: TS-12,938
Fecha: 15 de diciembre de 2005
Abogado del Peticionario: Por Derecho Propio Colegio de Abogados de Puerto Rico: Lcdo. Israel Pacheco Acevedo Secretario Ejecutivo Lcdo. José M. Montalvo Trías Director Ejecutivo
Materia: Solicitud de Reinstalación al Ejercicio de la Abogacía.
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EN EL TRIBUNAL SUPREMO DE PUERTO RICO
In re Elías Arroyo Rivera TS-12,938
RESOLUCIÓN
San Juan, Puerto Rico, a 15 de diciembre de 2005.
Acogido el escrito de Elías Arroyo Rivera como una moción de reconsideración y habiendo comparecido el Colegio de Abogados para informar que el 6 de diciembre de 2005 Arroyo Rivera cumplió con el pago de sus cuotas atrasadas, se accede a la solicitud y se ordena su reinstalación únicamente al ejercicio de la abogacía.
Publíquese.
Lo acordó el Tribunal y certifica la Secretaria del Tribunal Supremo. El Juez Asociado señor Rivera Pérez no intervino.
Aida Ileana Oquendo Graulau Secretaria del Tribunal Supremo
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