In re: Carlos E. Rivera Rodríguez
Opinion
EN EL TRIBUNAL SUPREMO DE PUERTO RICO
In re: 2006 TSPR 20 166 DPR ____ Carlos E. Rivera Rodríguez
Número del Caso: TS-8718
Fecha: 9 de febrero de 2006
Abogado de la Parte Peticionaria: Lcdo. Fernando L. Torres Ramírez Colegio de Abogados de Puerto Rico: Lcda. María De Lourdes Rodríguez Oficial Investigadora Lcdo. Ángel N. Candelario Cáliz Oficial Investigador Oficina de Inspección de Notarías: Lcda. Carmen H. Carlos Directora Oficina del Procurador General: Lcda. Cynthia Iglesias Quiñones Procuradora General Auxiliar Lcda. Zaira Z. Girón Anadón Procuradora General Auxiliar Lcda. Noemí Rivera De León Procuradora General Auxiliar
Materia: Solicitud de Reinstalación únicamente al ejercicio de la abogacía.
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EN EL TRIBUNAL SUPREMO DE PUERTO RICO
In re Carlos E. Rivera Rodríguez TS-8718
RESOLUCION
San Juan, Puerto Rico, a 9 de febrero de 2006.
Visto el Informe del Procurador General, la Moción en Cumplimiento de Orden del Colegio de Abogados y la Moción Apremiante sobre Solicitud de Reinstalación, se ordena la reinstalación del Sr. Carlos E. Rivera Rodríguez únicamente al ejercicio de la abogacía.
Publíquese.
Lo acordó el Tribunal y certifica la Secretaria del Tribunal Supremo.
Aida Ileana Oquendo Graulau Secretaria del Tribunal Supremo
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