In re: Miriam Soto Contreras
Opinion
EN EL TRIBUNAL SUPREMO DE PUERTO RICO
In re: 2007 TSPR 137 Miriam Soto Contreras 171 DPR ____
Número del Caso: TS-8623
Fecha: 29 de junio de 2007
Abogada de la Parte Peticionaria: Por Derecho Propio
Colegio de Abogados de Puerto Rico: Lcdo. José M. Montalvo Trías Director Ejecutivo
Materia: Baja voluntaria del ejercicio de la abogacía.
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EN EL TRIBUNAL SUPREMO DE PUERTO RICO
In re: TS-8623 Miriam Soto Contreras
RESOLUCIÓN
En San Juan, Puerto Rico, a 29 de junio de 2007.
Atendida la Moción en contestación a resolución presentada por el Colegio de Abogados de Puerto Rico, se autoriza la baja voluntaria del ejercicio de la abogacía de la Lcda. Miriam Soto Contreras.
Lo acordó el Tribunal y lo certifica la Secretaria del Tribunal Supremo.
Aida Ileana Oquendo Graulau Secretaria del Tribunal Supremo
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