In re: Ángel G. Derkes Guzmán
Opinion
EN EL TRIBUNAL SUPREMO DE PUERTO RICO
In re 2011 TSPR 46 181 DPR ____ Ángel G. Derkes Guzmán
Número del Caso: TS 6870
Fecha: 25 de marzo de 2011
Abogada de la Parte Peticionaria: Lcda. María de Lourdes Guzmán Rivera Comisión de Reputación para el Ejercicio de la Abogacía: Lcdo. Doel Quiñones Núñez Lcda. Belén Guerrero Calderón Lcda. Waleska Delgado Marrero Lcdo. Héctor Saldaña Lcda. Jocelyn López Vilanova Procurador Especial de la Comisión de Reputación Lcdo. Alcides Oquendo Solís Oficina de la Procuradora General Lcda. Minnie H. Rodríguez López Procuradora General Auxiliar
Materia: Reinstalación al Ejercicio de la Abogacía y la Notaría Este documento constituye un documento oficial del Tribunal Supremo que está sujeto a los cambios y correcciones del proceso de compilación y publicación oficial de las decisiones del Tribunal. Su distribución electrónica se hace como un servicio público a la comunidad.
EN EL TRIBUNAL SUPREMO DE PUERTO RICO
In re:
Ángel G.Derkes Guzmán TS-6870
RESOLUCIÓN En San Juan, Puerto Rico, a 25 de marzo de 2011.
Examinados el Informe de la Procuradora General, la reacción al mismo y moción sobre cumplimiento del Sr. Ángel G. Derkes Guzmán, así como el Informe de la Comisión de Reputación, se reinstala al Sr. Ángel G. Derkes Guzmán al ejercicio de la abogacía y la notaría.
Se le advierte al señor Derkes Guzmán que de continuar ejerciendo simultáneamente las profesiones de abogado e ingeniero, deberá velar porque una no afecte la otra.
Publíquese.
Lo acordó el Tribunal y lo certifica la Secretaria del Tribunal Supremo. La Juez Asociada señora Rodríguez Rodríguez no intervino.
Aida I. Oquendo Graulau Secretaria del Tribunal Supremo
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