In re: Eduardo Grau Acosta
Opinion
EN EL TRIBUNAL SUPREMO DE PUERTO RICO
In re: 2012 TSPR 24 184 DPR ____ Eduardo Grau Acosta
Número del Caso: TS-4767
Fecha: 3 de febrero de 2012
Abogado de la Parte Peticionaria: Lcdo. Leonardo Delgado Navarro Comisión de Reputación para el Ejercicio de la Abogacía Lcdo. Guillermo Arbona Lago Lcda. Jocelyn López Vilanova Lcda. Belén Guerrero Calderón Lcda. Waleska Delgado Marrero Lcdo. Héctor Saldaña Egozcue Dr. Robert Stolberg
Procurador Especial de la Comisión de Reputación Lcdo. Alcides Oquendo Solís Oficina del Procurador General Lcda. Zaira Girón Anadón Subprocuradora General Lcda. Edna E. Rodríguez Benítez Procuradora General Auxiliar
Materia: Reinstalación al Ejercicio de la Abogacía
Este documento constituye un documento oficial del Tribunal Supremo que está sujeto a los cambios y correcciones del proceso de compilación y publicación oficial de las decisiones del Tribunal. Su distribución electrónica se hace como un servicio público a la comunidad.
EN EL TRIBUNAL SUPREMO DE PUERTO RICO
In Re: Eduardo Grau Acosta TS-4767
RESOLUCIÓN
San Juan, Puerto Rico, a 3 de febrero de 2012.
Examinado el Informe del Procurador General, el Informe y Recomendación al Tribunal Supremo de la Comisión de Reputación y la Moción del querellado, se autoriza la reinstalación del Sr. Eduardo Grau Acosta al ejercicio de la abogacía. No obstante, con relación a la solicitud de reinstalación a la notaría, exprésese la Directora de la Oficina de Inspección de Notarías, en el término de treinta (30) días, contados a partir de la notificación de esta Resolución.
Publíquese.
Lo acordó el Tribunal y certifica la Secretaria del Tribunal Supremo. El Juez Presidente señor Hernández Denton y la Jueza Asociada señora Rodríguez Rodríguez no intervinieron.
Aida Ileana Oquendo Graulau Secretaria del Tribunal Supremo eaj
Case-law data current through December 31, 2025. Source: CourtListener bulk data.