In re Comisión Revisora de Currículo del Programa de Educación Jurídica Continua
In re Comisión Revisora de Currículo del Programa de Educación Jurídica Continua
Opinion of the Court
RESOLUCIÓN
Hoy, al amparo de nuestro poder inherente para regla-mentar la profesión legal, adoptamos mediante Resolución un nuevo Reglamento del Programa de Educación Jurídica Continua y derogamos el Reglamento de Educación Jurí-dica Continua de 1998, así como el Reglamento del Pro-grama de Educación Jurídica Continua de 2005 (Reglamento de 2005). Véase In re Aprobación Reglamento PEJC,
No obstante, reconocemos la labor excepcional realizada por los y las profesionales del Derecho que formaban parte de la Comisión y estamos convencidos de que pueden con-tinuar aportando activamente al Programa de Educación Jurídica Continua. Por lo tanto, debido a que existen va-cantes en la Junta y conforme lo dispuesto en la Regla 6 del nuevo Reglamento, se nombra a la Leda. Evelyn Ben-venutti Toro y al Ledo. Israel Santiago Lugo como miem-bros de la Junta. Estos profesionales del Derecho continua-rán rindiendo sus servicios ad honorem y desempeñarán sus cargos por el restante de los términos por los cuales fueron originalmente nombrados a la Comisión.
Esta Resolución tendrá vigencia inmediata. Publíquese.
Lo acordó el Tribunal y certifica el Secretario del Tribunal Supremo.
Case-law data current through December 31, 2025. Source: CourtListener bulk data.