In re: Luis F. Mangual Acevedo
Opinion
EN EL TRIBUNAL SUPREMO DE PUERTO RICO
In re: 2019 TSPR 114 202 DPR ____ Luis F. Mangual Acevedo
Número del Caso: TS-17,908
Fecha: 21 de junio de 2019
Abogado de la parte peticionaria:
Por derecho propio
Materia: Reinstalación al ejercicio de la abogacía.
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EN EL TRIBUNAL SUPREMO DE PUERTO RICO
In re:
Luis F. Mangual Acevedo TS-17,908
RESOLUCIÓN
En San Juan, Puerto Rico, a 21 de junio de 2019.
Examinada la Moción al expediente judicial y la Urgente moción en cumplimiento de orden que presentó el Sr. Luis F. Mangual Acevedo, se ordena su reinstalación al ejercicio de la abogacía.
Se le concede a la Oficina de Inspección de Notarías un término de diez (10) días, contado a partir de la notificación de esta Resolución, para expresarse en torno a la reinstalación al ejercicio de la notaría del licenciado Mangual Acevedo.
Lo acordó el Tribunal y certifica el Secretario del Tribunal Supremo.
José Ignacio Campos Pérez Secretario del Tribunal Supremo
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