Supreme Court of Puerto Rico, 2019

In re: Nelson H. Valle Milán

In re: Nelson H. Valle Milán
Supreme Court of Puerto Rico · Decided January 25, 2019
2019 TSPR 28
In re: Nelson H. Valle Milán

Opinion

EN EL TRIBUNAL SUPREMO DE PUERTO RICO

In re: 2019 TSPR 28 Nelson H. Valle Milán 201 DPR ____

Número del Caso: AB-2018-125 (TS-12486)

Fecha: 25 de enero de 2019

Oficina de Inspección de Notarías: Lcdo. Manuel E. Ávila De Jesús Director

Abogado del Promovido: Por derecho propio

Materia: Conducta Profesional – La suspensión de la notaría será efectiva el 21 de febrero de 2019. Fecha en que se le notificó al abogado de su suspensión inmediata por correo certificado con acuse de recibo.

Este documento constituye un documento oficial del Tribunal Supremo que está sujeto a los cambios y correcciones del proceso de compilación y publicación oficial de las decisiones del Tribunal. Su distribución electrónica se hace como un servicio público a la comunidad.

EN EL TRIBUNAL SUPREMO DE PUERTO RICO

In re:

Nelson H. Valle Milán (TS-12,486) AB-2018-0125

RESOLUCIÓN En San Juan, Puerto Rico, a 25 de enero de 2019.

Transcurrido el plazo concedido al Lcdo. Nelson H. Valle Milán en nuestra Resolución de 13 de septiembre de 2018 sin que este compareciera, se entiende que se allanó al informe de la Oficina de Inspección de Notarías (ODIN), según se le apercibió.

Por consiguiente, se suspende indefinidamente y de inmediato al licenciado Valle Milán del ejercicio de la notaría. Además, se le ordena que no más tarde de los veinte (20) días siguientes a la fecha de notificación de esta Resolución, muestre causa por la que no deba ser suspendido inmediata e indefinidamente del ejercicio de la abogacía.

El Alguacil de este Tribunal deberá incautarse del sello y la obra notarial del abogado suspendido y entregarlos al Director de la Oficina de Inspección de Notarías para la correspondiente investigación e informe a este Tribunal.

Notifíquese personalmente por conducto de la Oficina del Alguacil del Tribunal Supremo.

AB-2018-0125 2

Lo acordó el Tribunal y lo certifica el Secretario del Tribunal Supremo.

José Ignacio Campos Pérez Secretario del Tribunal Supremo

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