In re: Carlos E. González Foster
In re: Carlos E. González Foster
Opinion
EN EL TRIBUNAL SUPREMO DE PUERTO RICO
In re: 2025 TSPR 138 216 DPR ___ Carlos E. González Foster
Número del Caso: TS-17,933
Fecha: 12 de diciembre de 2025
Representante legal del peticionario: Por derecho propio
Materia: Reinstalación al ejercicio de la notaría.
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EN EL TRIBUNAL SUPREMO DE PUERTO RICO
In re: TS-17,933 Carlos E. González Foster
RESOLUCIÓN En San Juan, Puerto Rico, a 12 de diciembre de 2025.
Examinado el Informe final sobre el estado de la obra notarial incautada y notificación sobre cumplimiento de orden, presentado por el Director de la Oficina de Inspección de Notarías (ODIN), así como el Escrito solicitando reinstalación al ejercicio de la notaría y en cumplimiento de orden, presentado por el Lcdo. Carlos E.
González Foster, se autoriza la reinstalación del peticionario al ejercicio de la notaría.
Conforme lo dispuesto en el Art. 7 de la Ley Notarial de Puerto Rico, Ley Núm. 75 de 2 de julio de 1987, según enmendada, se reinstala al Lcdo. Carlos E. González Foster al ejercicio de la notaría. Se aprueba la fianza otorgada por el Colegio de Abogados y Abogadas de Puerto Rico, vigente desde el 6 de noviembre de 2025, para garantizar las funciones notariales del peticionario.
Remítase la fianza original al Secretario de Hacienda de Puerto Rico para que se archive en su oficina a los fines dispuestos en el Artículo 11 de la Ley Núm. 230 de de julio de 1974 (3 LPRA sec. 283 j) y copia certificada de esta Resolución a este funcionario y a la Secretaria de Estado de Puerto Rico para su conocimiento. Únase, además, copia de la fianza al expediente personal del peticionario. Se ordena a la parte peticionaria que recoja su obra notarial en el Archivo Notarial del Distrito Notarial correspondiente.
Lo acordó el Tribunal y certifica el Secretario del Tribunal Supremo.
Javier O. Sepúlveda Rodríguez Secretario del Tribunal Supremo
Case-law data current through December 31, 2025. Source: CourtListener bulk data.